REQUISITOS PARA SER VIGILANTE DE SEGURIDAD (ESPAÑA):

Posted on 15 junio, 2010

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  • PASO 1 (CURSO)

El aspirante a Vigilante de Seguridad habrá de superar, los módulos profesionales de formación en ciclos de al menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas en un centro de formación autorizado.

Como se determina en la Resolución de 19-01-96, de la Secretaría de Estado de Interior (B.O.E. núm. 27, de 31 de enero), en su redacción dada por la Resolución de 18-01-99, de la Secretaría de Estado de Seguridad (B.O.E. núm. 24, de 28 de enero).

  • PASO 2 (REQUISITOS)

Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.

b) Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.

d) Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.

e) Carecer de antecedentes penales.

f) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.

g) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.

h) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

i) No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.

El personal con las denominaciones de Guarda de Seguridad, Controlador u otras de análoga significación deberá haber desempeñado funciones de vigilancia y de control en el interior de inmuebles con anterioridad al día 31 de enero de 1996.

  • PASO 3 (PRESENTACIÓN DE INSTANCIA)

Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o cursos corrrespondientes en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad.

A través de la página web www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo oficial de solicitud y del impreso (modelo 790, Código de Tasa 015).Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario, se imprimen la solicitud y el impreso (790), éste por triplicado ejemplar («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado», y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

Los originales cumplimentados de los tres ejemplares del modelo 790 (no son válidas las fotocopias), se presentarán en cualquier entidad de depósito colaboradora (Bancos, Cajas de ahorro, etc.), ingresando en efectivo el pago de la tasa dentro de los respectivos plazos de presentación de solicitudes, teniendo en cuenta que en el importe (casilla inferior derecha del impreso) se deberá expresar el total resultante, señalando con «X» la casilla correspondiente a la tarifa satisfecha.Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes, el «ejemplar para la Administración» (del modelo 790) con la validación del pago de la tasa por la entidad colaboradora (BANCO O CAJA), deberá presentarse junto con la solicitud y firmados ambos documentos, directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento del Cuerpo Nacional de Policía (Avda. de Pío XII, núm. 50 28071-Madrid), o en cualquier Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, o en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

OTRA MANERA es a través de la Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía), mediante un procedimiento íntegramente electrónico. Mas información.

  • PASO 4 (EXAMEN)

PRIMER EJERCICIO: APTITUD FÍSICA

Consistirá en la realización por los aspirantes de todos los ejercicios de cultura física que se describen a continuación, debiéndose superar las marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de alguno o algunos de ellos supone su eliminación. La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Para la realización de esta prueba los participantes deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico oficial, con una validez de tres meses desde su expedición, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

  • Las pruebas físicas serán las siguientes:

1. Velocidad. 50 metros

  • Lugar: Pista de atletismo o cualquier zona de suelo totalmente compacto.
  • Explicación de la prueba de 50 metros lisos:

    a) Posición de salida: Libre
    b) Ejercicio: Correr al 100 por 100 los 50 metros
    c) Tomar el tiempo invertido
    d) Se permiten dos intentos, sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

2. Potencia tren superior (hombres)

2.1. Flexión de brazos en suspensión pura

  • Lugar: Gimnasio o campo de deportes
  • Material: Barra libre
  • Explicación del ejercicio:

    a) Posición de partida: Suspensión pura con palmas al frente y total extensión de brazos.
    b) Flexión de brazos, evitando el balanceo del cuerpo y/o ayudarse con movimientos de piernas. Se considera una flexión cuando la barbilla asome por encima de la barra, partiendo siempre de la posición de suspensión pura.
    c) Se contará el número de flexiones completas.
    d) Se permiten dos intentos, sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

2.2. Lanzamiento de balón medicinal

  • Lugar: Campo de deportes
  • Material: Balón medicinal de 3 kilogramos.
  • Explicación del ejercicio:

    a) Posición de partida detrás de una línea marcada en el suelo, pies separados y simétricos, balón sostenido con ambas manos por encima y por detrás de la cabeza.
    b) Ejecución: Lanzar el balón medicinal sujeto con ambas manos y por encima de la cabeza tan lejos como se pueda.

  • Reglas:
    • Primera.- El lanzamiento se hace con los pies simétricamente colocados. Impulsando el balón con las dos manos, a la vez por encima de la cabeza.
    • Segunda.- No se pueden levantar los pies del suelo. Se permite elevar los talones y plantas, siempre que las puntas de los pies estén en contacto con el suelo.
    • Tercera.- Ninguna parte del cuerpo puede tocar o rebasar la línea marcada en el suelo.
    • Cuarta.- El lanzamiento se mide desde la línea marcada hasta el punto de caída del balón más próximo a la citada línea.
    • Quinta.- El intento que no cumpla alguna de las reglas se considerará nulo.
    • Sexta.- Se permiten dos intentos, sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

3. Potencia tren inferior

  • Salto vertical
  • Lugar: Gimnasio, frontón o lugar similar de suelo horizontal con una pared vertical y lisa.
  • Explicación del ejercicio:

    a) Posición de partida: En pie, de costado junto a una pared vertical, con un brazo totalmente extendido hacia arriba y sin levantar los talones del suelo, el candidato marca con los dedos a la altura que alcanza en esta posición.
    b) Ejecución: El candidato se separa 20 centímetros de la pared o aparato, salta tan alto como pueda y marca nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.
    c) Se acredita la distancia entre la marca hecha desde la posición de partida y la conseguida en el salto.

  • Reglas:
    • Primera.- Se pueden mover los brazos y flexionar el tronco y las rodillas, pero no se puede separar del suelo parte alguna de los pies antes de saltar.
    • Segunda.- Hay que realizar el salto con los dos pies a la vez.
    • Tercera.- Se permiten dos intentos, sólo a los aspirantes que hagan nulo el primero.

4. Resistencia general

– Lugar: Pista de atletismo o lugar llano y de suelo compacto y liso.

– Explicación de la prueba de 1.000 metros lisos:

a) Posición de salida: En pie.

b) Ejercicio: Correr lo más rápido posible la distancia de 1.000 metros.

d) Sólo se permite un intento.

c) Tomar el tiempo invertido.

TABLAS DE FUNCIÓN

Sexo y edad Velocidad
50 metros
Flexiones
Número de veces
Salto
vertical
Resistencia
1.000 metros
Tiempo
(Segundos)
Balón medicinal
(Metros)
Altura
(centímetros)
Tiempo
De 18 a 25 años:
Hombres ……………..
Mujeres ………………
8,5
9
3 veces
4,5 metros
40
35
4′ 30»
5′ 00»
De 26 a 32 años:
Hombres ……………..
Mujeres ……………….
9
9,5
2 veces
4 metros
38
33
4′ 45»
5′ 15»
De 33 a 39 años:
Hombres …………….
Mujeres ………………
9,5
10
1 vez
3,75 metros
36
31
5′ 00»
5′ 30»
De 40 a 50 años:
Hombres …………….
Mujeres ………………
10,5
11
4,25 metros
3,25 metros
32
27
5′ 30»
6′ 00»
De 51 en adelante:
Hombres …………….
Mujeres ……………..
11
11,5
4,00 metros
3,00 metros
30
25
5′ 45»
6′ 15»

SEGUNDO EJERCICIO (conocimientos teórico-prácticos)

Consistirá en la contestación por escrito, en cincuenta minutos, a un cuestionario de ochenta preguntas, ajustadas al temario de la convocatoria.

– Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de cinco para aprobar.

  • PASO 5 (SOLICITAR LA TIP)
Una vez el nombre del aspirante sea publicado en el BOE como apto. Se procederá a la solicitud de la Tarjeta de Identificación Profesional (TIP) de Vigilante de Seguridad  antes de los tres meses, transcurridos los cuales deberán acreditar nuevamente los requisitos b) y d) del apartado «Acreditación de requisitos«, y en todo caso, transcurridos dos años sin solicitar la tarjeta de identidad profesional deberán superar nuevas pruebas, en el expediente que se instruya a instancia de los interesados o, en su caso, la habilitación múltiple a que se refiere el artículo 62

del Reglamento de Seguridad Privada.A tal efecto deberán cumplimentar el modelo de solicitud, acompañado de:

– Tres fotografías, formato carné.
– Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de vigilante de seguridad, con arreglo al modelo oficial, a favor del Tesoro Público, en las entidades bancarias o Cajas de Ahorro colaboradoras, cuenta restringida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El citado impreso será facilitado en las dependencias policiales. La tarifa aplicable es la séptima y el documento que debe remitirse es el ejemplar para la Administración.

  • PASO 6 (SOLICITAR LA PLACA INSIGNIA)

Una vez poseas la TIP, puedes solicitar la placa con un impreso que la misma unidad te proporciona. (placa oval fondo en blanco y mebrete en rojo de 8cm ancho x 6cm alto)